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Normatividad en materia de condiciones de seguridad-prevención y protección contra incendios ordinarios en los centros de trabajo

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Los patrones de acuerdo a la Normatividad deberán:

  1. Establecer los requerimientos para la prevención y protección contra incendios ordinarios en los centros de trabajo por parte del patrón, el cual deberá contar con un croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, actualizado y colocado en los principales lugares de entrada, tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores.
  2. Contar con las instrucciones de seguridad aplicables en cada área del centro de trabajo y difundirlas entre los trabajadores, contratistas y visitantes.
  3. Contar con un plan de atención a emergencias de incendio.
  4. Contar con brigadas contra incendio en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto.
  5. Desarrollar simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario.
  6. Elaborar un programa de capacitación anual teórico-práctico en materia de prevención de incendios y atención de emergencias, así como capacitar a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio, con base en dicho programa.
  7. Dotar del equipo de protección personal a los integrantes de las brigadas contra incendio.
  8. Contar en las áreas de los centros de trabajo clasificadas con riesgo de incendio ordinario, con medios de detección y equipos contra incendio.
  9. Finalmente exhibir a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la Norma le obligue a elaborar y poseer.

 

Imagen: Photo by Tommaso Pecchioli on Unsplash

Lic. Luis Fernando Villalobos Vélez.

lvillalobos@clea.edu.mx